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viernes, 26 de febrero de 2016
jueves, 18 de febrero de 2016
TEMA 12 HISTORIA DE ESPAÑA COMENTARIO DE TEXTO
LOS
PROBLEMAS DE LA RED FERROVIARIA
“La red ferroviaria española se empezó a construir
demasiado tarde y, después, en el decenio 1856-1866, se emprendió con excesiva
precipitación: las consecuencias de tal premura fueron una planeación
deficiente, una financiación inadecuada y un trazado especulativo, que dieron
como resultado una infraestructura física y una estructura empresarial endebles
(…).
Ahora bien, que el ferrocarril fuese indispensable no
quiere decir que hubiera que pagar por él cualquier precio no que hubiera de
construirse a cualquier ritmo ni de cualquier manera (…). A diferencia del caso
español, los ferrocarriles ingleses, franceses y alemanes resultaron magníficos
negocios en el siglo XIX. ¿Cómo se explica esa profunda divergencia en España
entre beneficio social y beneficio privado?”
G.Tortella Casares: El desarrollo de la España
contemporánea. Alianza, Madrid 1991
TEMA 11 HISTORIA DE ESPAÑA COMENTARIO DE TEXTO
“Señora:
Los generales, brigadieres, coroneles y demás jefes que suscriben, fieles
súbditos de V.M llegan a los pies del trono y con profunda veneración exponen
que defendieron siempre el augusto trono de V.M a costa de su sangre, y ven hoy
con dolor que vuestros ministros responsables, exentos de moralidad y de
espíritu de justicia, huellan las leyes y aniquilan una nación harto
empobrecida, creando al propio tiempo con el ejemplo de sus actos una funesta
escuela de corrupción para todas las clases del Estado.
Tiempo
ha Señora, que los pueblos gimen bajo la más dura administración sin que se
respete por los consejeros responsables de V.M un solo artículo de la Constitución ; lejos
de esto, se les ve persiguiendo con crueldad a los hombres que mayores
servicios han prestado a la causa de V.M y las leyes solo por haber emitido su
voto con lealtad y franqueza en los cuerpos colegisladores.
La
prensa, esa institución encargada de discutir los actos administrativos y
derramar la luz en todas las clases se halla encadenada, y sus más ilustres
representantes ahogan su voz en el desierto los unos y los otros protegidos por
alguna mano amiga, viven ocultos y llenos de privaciones, para librarse de la
bárbara persecución que esos hombres improvisados han resuelto contra todos.
Los
gastos públicos, que tantas lágrimas y tanto sudor cuestan al infeliz
contribuyente, se aumentan cada día y a cada hora, sin que nada baste para saciar
la sed del oro que a esos hombres domina; así, mientras ellos aseguran su
porvenir con tantas y tan repartidas exacciones, los contribuyentes ven
desaparecer el resto de sus modestas fortunas. (…).
No
ha sido tampoco el ejército el que menos humillaciones ha recibido: generales
de todas graduaciones, hombres envanecidos en la honrosa carrera de armas, que
tantas veces han peleado a favor su Reina, viven en destierros injustificables,
haciéndoles apurar allí hasta el último resto del sufrimiento y presentándoles
a los ojos de V.M como enemigos de su trono.
Tantos
desmanes, Señora, tanta arbitrariedad, tan inauditos abusos, tanta
dilapidación, era imposible que a los leales españoles se hiciera soportable
por más tiempo, y por eso hemos saltado a defender incólumes el trono de V.M, la Constitución de la Monarquía que hemos
jurado guardar y los intereses de la nación en fin.
(…)
Guarde Dios dilatados años la importante vida de V.M
Pronunciamiento
del General O’Donnel (1854)
TEMA 11 HISTORIA DE ESPAÑA COMENTARIO DE TEXTO
“TITULO
II. DE LOS PODERES PÚBLICOS.
Art 32. La
soberanía reside esencialmente en la
Nación , de la cual emanan todos los poderes.
Art 33. La
forma de gobierno de la Nación Española
es la monarquía.
Art 34. La
potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga
las leyes.
Art 35. EL
Poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por medio de sus Ministros.
Art 36 Los
Tribunales ejercen el poder judicial.
Art 37. La
gestión de los intereses peculiares de los pueblos y de las provincias
corresponde respectivamente a los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales con
arreglo a las leyes.
“TITULO III.
DEL PODER LEGISLATIVO
Art 38. Las
Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, a saber: Senado y Congreso.
Ambos Cuerpos son iguales en facultades, excepto en los casos previstos en la Constitución.
Art 39 El
Congreso se renovará totalmente cada tres años. El Senado se renovará por
cuantas partes cada tres años.
Art 40. Los
Senadores y Diputados representarán a toda la Nación y no exclusivamente a los electores que
los nombraren.
Art 41.
Ningún Senador ni Diputado podrá admitir de sus electores mandato alguno
imperativo.
Art 66. Para
ser Diputado se requiere ser español, mayor de edad, y gozar de todos los
derechos civiles.
CONSTITUCIÓN
DE 1869
TEMA 11 HISTORIA DE ESPAÑA COMENTARIO DE TEXTO
“He recibido de España un gran
número de felicitaciones, con motivo de mi cumpleaños y algunas de compatriotas
nuestros residentes en Francia. Deseo que todos sea Vd intérprete de mi
gratitud y mis opiniones.
Cuantos
me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la Monarquía constitucional
puede poner término a la opresión, a la incertidumbre y a las crueles
perturbaciones que experimenta España. Dicenme que así lo reconoce ya la
mayoría de nuestros compatriotas, y que antes de mucho estarán conmigo todos
los de buena fe sean cuales fueren sus antecedentes políticos, comprendiendo
que no pueden tener exclusiones ni de un monarca nuevo y desapasionado ni de un
régimen que precisamente hoy se impone porque representa la unión y la paz. (…).
Por
mi parte, debo al infortunio estar en contacto con los hombres y las cosas de la Europa moderna, y si en
ella no alcanza España una posición digna de su historia, y de consumo
independiente y simpática, culpa mía no será ni ahora ni nunca. Sea la que
quiera mi propia suerte ni dejaré de ser buen español ni, como todos mis
antepasados, buen católico ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal”.
MANIFIESTO
DE SANDHURST (ALFONSO XII)
TEMA 9 HISTORIA DE ESPAÑA LOS FUSILAMIENTOS DEL 3 DE MAYO
Los fusilamientos del 3 de Mayo
1814
Lienzo. 2,66 x 3,45
Museo del Prado, Madrid.
1814
Lienzo. 2,66 x 3,45
Museo del Prado, Madrid.
El lienzo Los fusilamientos del 3 de mayo en la montaña del Príncipe Pío de Madrid es uno de los más altos logros de la pintura española y, probablemente, uno de los hitos también de la pintura universal.
Se sabe que Goya observó estos cruentos episodios desde su quinta y que tomó apuntes la misma noche en que acontecieron los hechos, de donde proviene el extraordinario realismo de su pintura y su profunda sinceridad. Así lo testimonió su criado Isidro, que dejó para la posteridad una curiosa narración de los hechos, a la vez emotiva y vibrante: "Desde esta misma ventana vio mi amo los fusilamientos con un catalejo en la mano derecha y un trabuco cargado con un puñado de balas en la izquierda. Si llegan a venir los franceses por aquí, mi amo y yo somos otros Daoiz y Velarde." Isidro contó también que al acercarse la media noche Goya le ordenó que cogiese el trabuco y le siguiese: "Fuimos a la montaña del Príncipe Pío, donde aún estaban insepultos los pobres fusilados. Era noche de luna, pero como el cielo estaba lleno de negros nubarrones tan pronto hacía claro como oscuro. Los pelos se me pusieron de punta cuando vi que mi amo, con el trabuco en una mano y la cartera en la otra, me guiaba hacia los muertos”.
En el lienzo se representa los fusilamientos del 3 de mayo, consecuencia del levantamiento popular del dos de mayo de 1808, contra la ocupación francesa de la península Ibérica y ante la situación de incertidumbre política que había dejado el Motín de Aranjuez unas semanas antes.
El levantamiento fue reprimido en Madrid por las fuerzas napoleónicas aunque este se extendió por todo el país en el marco de una campaña que clamaba por el enfrentamiento armado contra los franceses y a favor de una España sin la presencia de estos. Poco a poco los resistentes fueron cayendo o fueron apresados. Tras controlar la revuelta, el general francés Murat se propuso llevar a cabo una feroz represión. En la tarde del 2 de mayo se firmó un decreto por el que se creaba una comisión militar, con el fin de sentenciar a muerte a todos los que hubiesen sido apresados con armas en la mano. El decreto decía: “Serán arcabuceados todos cuantos durante la rebelión han sido presos con armas”. El Salón del Prado y los campos de La Moncloa fueron los principales escenarios de los fusilamientos. Centenares de participantes en la revuelta fueron fusilados. Se estima que unos mil españoles murieron durante el levantamiento y en los posteriores fusilamientos. Sin lugar a dudas este lienzo de Goya sintetiza la represión francesa a la que fue sometido el pueblo español a lo largo de la Guerra de la Independencia.
martes, 9 de febrero de 2016
TEMA 10 HISTORIA DE ESPAÑA COMENTARIO DE TEXTO MANIFIESTO DE LOS PERSAS
MANIFIESTO
Que al Señor Don Fernando VII hacen en 12 de abril del año de 1814 los que suscriben como diputados en las actuales Cortes ordinarias de su opinión acerca de la soberana autoridad, ilegitimidad con que se ha eludido la antigua Constitución Española, mérito de esta, nulidad de la nueva, y de cuantas disposiciones dieron las llamadas Cortes generales y extraordinarias de Cádiz, violenta opresión con que los legítimos representantes de la Nación están en Madrid impedidos de manifestar y sostener su voto, defender los derechos del Monarca, y el bien de su Patria, indicando el remedio que creen oportuno.
SEÑOR:-
1.- Era costumbre en los antiguos Persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su Rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V. M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad, del número de los Españoles que se complacen al ver restituido a V. M. al trono de sus mayores, son los que firman esta reverente exposición con el carácter de representantes de España; mas como en ausencia de V. M. se ha mudado el sistema que regía al momento de verificarse aquélla, y nos hallamos al frente de la Nación en un Congreso que decreta lo contrario de lo que sentimos, y de lo que nuestras Provincias desean, creemos un deber manifestar nuestros votos y circunstancias que los hacen estériles, con la concisión que permita la complicada historia de seis años de revolución. [...]
La divina Providencia nos ha confiado la representación de España para salvar su religión, su Rey, su integridad y sus derechos a tiempo que opiniones erradas y fines menos rectos se hallan apoderados de la fuerza armada, de los caudales públicos, de los primeros empleos, de la posibilidad de agraciar y oprimir, ausente V. M., dividida la opinión de sus vasallos, alucinados los incautos, reunidos los perversos, fructificando el árbol de la sedición, principiada y sostenida la independencia de las Américas, y amagadas de un sistema republicano las Provincias que representamos: indefensos a la faz del mundo hemos sido insultados, forzados y oprimidos para no hacer otro bien que impedir y dilatar la ejecución de mayores males, y no quedándonos otro recurso que elevar a V. M. el adjunto Manifiesto que llena el deseo de nuestras Provincias, el posible desempeño de nuestros deberes, nuestros votos, y la sumisión y fidelidad que juramos a V. R. P. y a nuestras antiguas leyes e instituciones
Suplicamos a V. M. con todas las veras de nuestro corazón, se digne enterarse, y con su soberano acierto, enjugar las lágrimas de las Provincias que nos han elegido, y de los leales españoles que no han cesado de pedir a Dios por la restitución de V. M. al trono, y hoy por la dilatación de sus días para labrar su felicidad.
Dios guarde a V. M. los muchos años que le pedimos.
Madrid, 12 de abril de 1814
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