sábado, 28 de noviembre de 2015

TEMA 7 HISTORIA COMENTARIO DE TEXTO


            “ que después dél (Carlos V) no pueda suceder muger ninguna en el reino; pero que no habiendo hijos, que puedan suceder hijos de hijos é de nietas siendo nascidos é bautizados en Castilla (…) quel Rey no pueda poner Corregidor en ningún logar, sino que cada ciudad é villa elijan el primero día del año tres personas de los hidalgos é otras tres de los labradores, é quel Rey ó su Gobernador escojan el uno de los tres hidalgos y el otro de los labradores, é apuestos dos que escojeren sena alcaldes de cevil é criminal por tres años, (…) que los oficios de la casa Real se hayan de dar á personas que sean nacidas e bautizados en Castilla, quel Rey no pueda sacar ni dar licencia para que se saque moneda ninguna del reino, ni pasta de oro ni de plata, é que en Castilla no puedan andar ni valer moneda ninguna de vellon sino fuere fundida é marcada en el reino (…). Que cada é cuando alguno hubiere de suceder en el reino, antes que sea recibido por Rey (…), confiese que recibe el reino con estas condiciones(…)”.




                        PETICIONES DE LOS COMUNEROS  152O

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